Comité de Ética de Sofofa define hoja de ruta por caso del CEO de Cencosud
Tras primera reunión, se decidió recabar antecedentes e invitar a la firma a participar a una sesión extraordinaria.
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Un trabajo interno activó la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) luego de que la semana pasada se conociera que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) multó al gerente general de Cencosud, Matías Videla Solá, por uso de información privilegiada.
Como la firma es socia del gremio, la presidenta de la entidad, Rosario Navarro, el viernes anunció que convocaría al Comité de Relaciones Internas y Ética para analizar los antecedentes dados a conocer por el ente regulador.
Tras algunos días, la instancia integrada por el abogado y árbitro de conflictos y además exconsejero del gremio, Manuel José Vial; el rector del Duoc UC, Carlos Diaz; y los consejeros José Antonio Garcés, Juan Manuel Santa Cruz y Enrique Elsaca, se reunió ayer por primera vez y se definieron los lineamientos a seguir.
Como primer punto, los integrantes del comité acordaron recabar más información sobre los procesos, políticas internas y sistemas de control de la empresa.
De forma simultánea, además, se decidió solicitar a la compañía participar en una sesión extraordinaria, cuya fecha se definirá en las próximas semanas.
Una vez concretados estos puntos, la instancia y el gremio decidirán los pasos a seguir, ya que este es un trabajo inicial de recopilación de antecedentes para decidir si se investigará en profundidad o no.
Las facultades
Con todo, los lineamientos del comité -de acuerdo a documentos oficiales del gremio-, establecen que esta instancia tiene como objetivo interpretar y hacer cumplir los estatutos y la carta de ética del gremio, para lo cual deberá: velar por el fiel cumplimiento y aplicación de los principios que inspiran las actuaciones de Sofofa, de sus socios, consejeros y ejecutivos; y, como segundo aspecto, deberá interpretar los referidos principios frente a situaciones específicas de incumplimiento, dudas o diversidad de opiniones en su sentido y alcance.
En los casos en que el comité tome conocimiento que actuaciones de miembros de Sofofa se alejan o derechamente se oponen a los principios de la carta de ética del gremio, el reglamento faculta al grupo a exigir que se tomen las medidas para que dichos hechos no se repitan y vigilar para que se implementen las correcciones.
Ante casos investigados y acreditados, el comité -además de ordenar que se tomen las medidas necesarias para que los socios y consejeros que hayan transgredido dichos principios, enmienden su actuar-, puede sancionar.
Así, tomando en cuenta la gravedad y el contexto del hecho, el comité puede ordenar la censura por escrito; la imposibilidad de ejercer su derecho, en calidad de socio afiliado, a presentar un candidato a la elección de Consejero electivo o a ocupar cualquier cargo directivo en la Sociedad, hasta por dos años; suspensión de la calidad de socio afiliado por el plazo máximo de dos años; y cancelar la afiliación de socios, asociaciones o federaciones integradas.